摘要:El artículo aborda una reflexión en torno a la figura del sentido del fallo, la cual fue implementada en el artículo 373.5 del código general del proceso, establecida como una excepción a la obligación de los jueces de emitir sentencia una vez finalizada la audiencia de instrucción y juzgamiento. El calificativo de inane, referido al sentido del fallo, corresponde a una crítica al desconocimiento de la complejidad de la decisión judicial, y a sostener que cuando el juez puede emitir el sentido del fallo, de igual manera puede emitir la sentencia, a menos que existan dificultades de tipo locativo o de tiempo; por ende, y en los restantes eventos, si no puede emitir la sentencia, por desconocimiento de la decisión que va a asumir, tampoco puede exigírsele que emita sentido del fallo.