摘要:La Constitución de la República Oriental del Uruguay señala, en su Artículo 70: “El Estado propenderá al desarrollo de la investigación científica ...”. Sin embargo, la repatriación, a instancias de una organización de descendientes de indígenas autotitulados charrúas (ADENCH) y con apoyo del Parlamento, de los restos del cacique charrúa Vaimaca Perú, muerto en cautividad en Francia en 1833, motivó controversias acerca de si los restos del mismo podían ser estudiados. Esta discusión no fue académica, si bien hubo derivaciones que influyeron sobre otras investigaciones, sino que fue suscitada por dicha organización la cual se opuso al estudio de los restos llegando a interponer varios recursos legales; uno de éstos, que condujo a un juicio, motivó un fallo histórico de un Tribunal de Apelaciones a favor del “interés general” por conocer “sin ataduras, sin secretos y sin misterios, la identidad de nuestro pueblo...”. Sin embargo, y sin que se hiciera mención de dicha sentencia, el Parlamento aprobó posteriormente la Ley 17.767 que prohíbe expresamente la realización de “experimentos y estudios científicos” en los restos de Vaimaca Perú, violando según algunos autores, la propia Constitución y planteando, además de la discordancia entre dos Poderes del Estado, la oposición entre diversos intereses. A partir de estos hechos se propone analizar los valores éticos que subyacen a la investigación, si deben plantearse limitaciones a ésta y de ser así, cuáles, e incluso, cómo se debe normar sobre las mismas.