摘要:En este ensayo se sostiene la pertinencia teórica de distinguir entre el neoconstitucionalismo y el garantismo. Ambas aproximaciones teóricas estudian el mismo modelo de organización político/jurídica: el constitucionalismo democrático. Esto ha provocado que diversos estudiosos europeos y latinoamericanos confundan las dos aproximaciones y utilicen ambas categorías de manera indistinta. Sin embargo, en el texto se sostiene que el garantismo es una teoría que debe adscribirse al positivismo jurídico mientras el neoconstitucionalismo (que, en realidad, es una categoría que conjuga diferentes teorías) tiene una tendencia iusnaturalista. Esta diferencia fundamental tiene implicaciones teóricas relevantes y también consecuencias prácticas sobre todo en el ámbito de la justicia constitucional.
其他摘要:The essay advances the theoretical relevance of distinguishing between two legal approaches: Neo-constitutionalism and Garantismo. Both theories are interested in the same model of political and legal organization, that is, democratic constitutionalism. This has produced confusions among European and Latin American scholars, who tend to use both categories indistinctively. However, the author argues that whereas garantismo is an expression of legal positivism, neo-constitutionalism not. This basic difference has many theoretical consequences and some practical implications in the realm of judicial interpretation of constitutional norms.